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Santiago, 02 de febrero de 2010
Reglamento de Compras Públicas
El 3 de febrero entran en vigencia nuevas disposiciones que amplían acceso y transparencia en mercado público
Serie en Internet


A partir del 3 de febrero de 2010 entran en vigencia la totalidad de los artículos del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas, publicado el 6 de octubre de 2009.

Las principales modificaciones apuntan a facilitar el acceso al mercado de compras públicas, ampliar los niveles de transparencia, simplificar el proceso de compras, cumplir con la nueva Ley 20.238 sobre protección a los trabajadores contratistas del Estado y responder de mejor manera a los principios estipulados por la OCDE.


El Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificado en octubre de 2009, acoge conceptos modernos de contratación y responde a la necesidad de introducir mayores niveles de transparencia, acceso, eficiencia y calidad en los procesos de  compras y contrataciones de los organismos del Estado.

Los cambios tienden a mejorar las condiciones para las empresas de todos los tamaños, especialmente las más pequeñas, ya que aumentan las posibilidades de acceso y participación al mercado público ampliando sus oportunidades de negocios y competitividad.

La normativa contempla la entrada en vigencia de la totalidad de sus artículos a partir del 3 de febrero del presente año. Las modificaciones estipuladas en el reglamento se refieren a:

  • Profundización de la transparencia: regula el sistema de cotizaciones directas, estipula la consulta a la industria por parte de las entidades compradoras previa publicación de licitaciones, de modo de profundizar en los requerimientos a solicitar. Estipula condiciones para procesos de licitación para las compras mayores a 1.000 UTM en la tienda virtual de Convenios Marco ChileCompra Express (ver procedimiento a seguir a la espera de que se ponga a disposición de los usuarios de una nueva funcionalidad durante el mes de febrero). Y se establece la publicación de la máxima información en las bases, incluyendo la fecha de adjudicación de la misma, entre otros. Estas modificaciones del reglamento obligan a mejorar los procesos de compra y disminuyen las asimetrías de información del sistema, permitiendo a cada proveedor tomar sus decisiones con mejor información.
  • Ampliar mercado de las compras públicas: se introduce la posibilidad de definir, por parte de la entidad compradora, la necesidad de la presentación de una garantía de seriedad, al mismo tiempo que regula la devolución de dichos documentos una vez que se ha notificado la desestimación de la oferta. También se restringen las inhabilidades de participación a proveedores por deudas tributarias. De esta forma se disminuyen las barreras de entrada para las empresas a las compras públicas, principalmente para las de menor tamaño
  • Facilitar procesos de adquisiciones: se establecen nuevas causales de trato directo para las cuales los compradores podrán efectuar sus adquisiciones sin cotización previa en algunas circunstancias como las compras menores a 100 UTM, la contratación de servicios estratégicos, las compras y contrataciones para proyectos específicos de docencia, investigación y extensión, entre otros. Esta modificación aumenta los niveles de eficiencia en la gestión de los organismos compradores y disminuye los costos de transacción para las empresas que transan con el Estado, promoviendo la participación en el sistema de compras públicas.
  • Implementación de Ley 20.238: que incorpora aspectos de protección laboral y señala inhabilidad de prácticas antisindicales. Establece un manual de procedimientos para custodia, mantención y control de vigencia de garantías; acreditación de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social; entre otros.
  • Compromisos OCDE: para garantizar una competencia leal entre los oferentes se introducen nuevas inhabilidades por delitos de cohecho, entre otros.

Los cambios al reglamento de compras públicas pueden ser consultados directamente en la web la sección de Modificaciones al Reglamento de www.chilecompra.cl, donde se ha dispuesto de videos y presentaciones explicativas.

En cuanto a las acciones de capacitación y difusión, se efectuarán las siguientes actividades de capacitación presencial dirigidas a compradores y abogados:

  • Capacitaciones en la Región Metropolitana: Desde mediados de febrero hasta mediados de marzo, en dependencias de la Dirección ChileCompra, Monjitas 392, Piso 8.
  • Capacitaciones a lo largo del país: Durante la primera semana de marzo en las principales ciudades del país.

También a partir de marzo se contará con una línea de atención directa vía correo electrónico acerca de estos cambios normativos, así como manuales e informativos específicos y capacitaciones a desarrollar en la Región Metropolitana como en el resto del país. 

A partir de mediados de marzo de 2010, la Dirección ChileCompra ofrecerá en sus dependencias un curso permanente sobre el Nuevo Reglamento de Compras Públicas para todos aquellos usuarios interesados en ahondar sus conocimientos respecto de los cambios realizados en esta normativa y sus implicancias en el sistema de compras públicas.

Más información acerca de estas capacitaciones en el calendario en línea, publicado en:
http://foros.chilecompra.cl/calendario/calen.asp

 
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