Modernización de Ley de Compras Públicas

Norma que empieza a regir al año de publicarse la ley en el Diario Oficial.
Facultades de ChileCompra
Artículo 30
- Proponer al Ministerio de Hacienda políticas públicas en materia de compras y contrataciones regidas por esta ley.
- Promover la eficiencia, transparencia, probidad, competitividad, sustentabilidad y buenas prácticas.
- Impartir instrucciones obligatorias los organismos de la Administración del Estado con el objetivo de fortalecer la transparencia, la eficiencia, la sustentabilidad y la competitividad en los procesos.
- Solicitar informes a entidades compradoras y denunciar ante la Contraloría, el Ministerio Público y la Fiscalía Nacional Económica, hechos que eventualmente pudiesen constituir delitos, faltas a la probidad o infracciones a la libre competencia, respectivamente.
- Apoyar la participación de las Empresas de Menor Tamaño en los procesos de contratación pública, en coordinación con el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus servicios dependientes o relacionados.
- Establecer los medios que permitan el traspaso de bienes muebles entre organismos públicos.
- Administrar una plataforma para recibir reclamos, denuncias u observaciones del público.
- Disponer en la plataforma de Mercado Público los contratos y cláusulas tipo.
- Monitorear las adquisiciones de bienes y servicios, en especial los tratos directos, con lo que consolida el rol del Observatorio. Cada mes de marzo, ChileCompra deberá enviar un informe detallado a las comisiones de Hacienda y de Economía de la Cámara de Diputados y del Senado, que dé cuenta del funcionamiento del sistema de compras públicas durante el año anterior, considerando especialmente las transacciones llevadas a cabo por las Empresas de Menor Tamaño.
- Representar o actuar como mandatario de uno o más organismos públicos para realizar licitaciones públicas, Convenios Marco, Diálogos Competitivos de Innovación, Subasta Inversa Electrónica y otros procedimientos especiales de contratación.
Estas facultades nuevas se suman a las ya existentes:
- Asesorar a los organismos públicos en la planificación y gestión de sus procesos de compras y contrataciones.
- Administrar y licitar la operación www.mercadpublico.cl y de otros medios para la compra y contratación electrónica de los organismos públicos.
- Suscribir convenios con las entidades públicas y privadas que correspondan para los efectos de recabar información para complementar antecedentes del Registro de Proveedores.
- Licitar bienes y servicios a través de los Convenios Marco.
- Administrar, mantener actualizado y licitar la operación del Registro de Proveedores del Estado.
- Promover la máxima competencia posible en los procesos de contratación pública.
- Establecer las políticas y condiciones de uso de los sistemas de información y contratación electrónicos o digitales que se mantengan disponibles.
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