TEST
- DIRECTIVAS DE CONTRATACIÓN
- Directiva N°36 Recomendaciones para entidades compradoras sobre utilización del Trato Directo en casos de emergencia, con motivo pandemia del Covid-19. Resolución 257-B. 24 de abril 2020.
- Directiva N°35 Recomendaciones para el uso de la modalidad Compra Ágil. Resolución 256-B. 24 de abril 2020
- Directiva N°34 “Recomendaciones sobre Contratación Pública para Órganos Compradores, con motivo de la pandemia del virus Covid-19. Resolución 327-B. 13 de abril 2020
- DECRETOS
- Decreto N°4-2020 (Salud) que decreta alerta sanitaria (5 de enero 2020)
- Decreto N°6-2020 (Salud), que modifica Decreto N° 4-2020 que decreta alerta sanitaria (6 de marzo 2020)
- Decreto N°10-2020 (Salud), que modifica Decreto N° 4-2020 que decreta alerta sanitaria (24 de marzo 2020)
- Decreto N°104-2020 (Interior), que declara estado de excepción constitucional de catastrofe, por calamidad publica, en el territorio de Chile (18 de marzo 2020)
- Decreto N°106-2020 (Interior),que modifica Decreto 104-2020 que declara estado de excepcion constitucional de catástrofe, por calamidad publica, en el territorio de Chile (19 de marzo)
- Decreto N°107-2020 (Interior), que declara como zonas afectadas por catastrofe (20 de marzo 2020)RESOLUCIONES
- Resolución Ex. N°180-2020 (Salud), que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 (16 de marzo 2020)
- Resolución Ex. N°183-2020 (Salud), que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 (17 de marzo 2020)
- Resolución Ex. N°194-2020 (Salud), que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 (19 de marzo 2020)
- Resolución Ex. N°188-2020 (Salud), que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 (18 de marzo 2020)
- Resolución Ex. N°200-2020 (Salud), que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 (20 de marzo 2020)
- Resolución Ex. N°202-2020 (Salud), que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 (22 de marzo 2020)
- Resolución Ex. N°208 2020 (Salud) Medidas sanitarias por brote de COVID -19 (25 de marzo 2020)
- Resolución Ex. N°210 2020 (Salud) Medidas sanitarias por brote de COVID -19 (26 de marzo 2020)Revisa un formato tipo:
- Autoriza omitir procedimiento de grandes compras de Convenio Marco
- Autoriza uso de Trato Directo
- Resolución tipo para ampliar plazo de cierre de licitaciones
Información general de compras ante una Emergencia
Ante una emergencia, la normativa permite el uso de trato directo debidamente justificado a través de un Decreto Supremo presidencial que se emite al declarar el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe para la zona afectada.
Cuando se registra la emergencia, desde ChileCompra levantamos un plan de contingencia para atender de forma personalizada a los compradores que lo requieran a través de teléfono +562 22904483 o bien a través de nuestra mesa de ayuda telefónica 600 7000 600.
1. Consideraciones para compradores:
Al momento de que realices la compra de excepción vía un trato directo, ten presente:
- Indicar situación que generó la emergencia y el acto administrativo que declara la zona como de catástrofe o alerta
- Indicar los fundamentos de hecho que sirven de antecedentes de la compra
- Mencionar las situaciones y circunstancias por las cuáles es necesario realizar un trato directo versus una compra por Convenio Marco
Te recordamos que es responsabilidad de cada jefe de servicio fundamentar el acto administrativo que autorice o regularice la compra vía trato directo.
- Revisa el inciso segundo d la letra c), del artículo 8 de la Ley de Compras Públicas 19.886 con las causales de trato directo
- Revisa el decreto 104, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 16.282, sobre disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes
Además te recomendamos la suscripción de un contrato donde se detallen las obligaciones respectivas tanto del comprador como el proveedor. En el caso de la regularización de servicios ya prestados, es posible señalar esta situación en el documento. Si el contrato se establece con un proveedor que no se encuentra inscrito en Mercado Público debes considerar que: Para compras menores a 3 UTM no es obligatorio ni el uso de nuestra plataforma www.mercadopublico.cl, ni contratar con proveedores inscritos en Mercado Público o en ChileProveedores. Para compras mayores a 3 UTM puedes realizar una compra sin usar el portal alegando una situación de fuerza mayor (art.62 N°3, del Reglamento de la Ley de Compras (atendidas las acciones urgentes por los incendios, justificadas por los decretos de excepción constitucional, en las zonas respectivas). Así puedes contratar con un usuario no inscrito en Mercado Público. Asimismo, debes publicar los documentos relativos al contrato en el sitio de transparencia de tu organismo.
Extensión de plazos
Ante una emergencia, la Dirección ChileCompra recomienda a los compradores públicos que para las licitaciones públicas que tienen fecha de cierre de recepción de ofertas hoy y mañana, extender los plazos de cierre y sucesivos.
Monitoreo de precios
En un estado de emergencia, llamamos especialmente a que se informen los casos de sobreprecios en productos y servicios dispuestos en nuestra plataforma, indicando Nombre del producto / Cantidad / Precio unitario cobrado / Rut del proveedor que oferta / Nombre proveedor y cualquier otra información que consideres relevante.
2. Consideraciones para proveedores:
En caso de que un proveedor tenga problemas con presentar una oferta en la zona de emergencia, los organismos públicos podrán aplicar el artículo 62 del Reglamento de Compras, que permite recibir ofertas en soporte papel (fuera del sistema de compras públicas) cuando:
- no sea posible efectuar los procesos de compras a través de www.mercadopublico.cl durante un caso fortuito o fuerza mayor
- no exista de manera alguna conectividad en la comuna correspondiente a la entidad licitante para acceder u operar a través de nuestra plataforma transaccional