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Diciembre 28, 2011

Nuevo Reglamento de Compras Públicas entra en vigencia con importantes modificaciones

A partir del martes 27 de diciembre de 2011 han entrado en vigencia las nuevas modificaciones al reglamento de la Ley de Compras, según publicación en el Diario Oficial.

Estos cambios buscan reducir trámites en los procesos de licitación y facilitar el acceso de proveedores al mercado público.

En términos generales, las modificaciones al reglamento son las siguientes: 1. Se establece en 5 días el plazo mínimo de publicación para licitaciones menores a 100 UTM, lo que impacta a un 33,6% de las licitaciones que se publican en el sistema.

2. Para todo tipo de licitaciones, sin importar su monto, el plazo de cierre no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las quince horas.

3. La obligación de documentar un contrato de compra operará sólo para licitaciones superiores a las 1.000 UTM. Por tanto, en las licitaciones inferiores a 1.000 UTM, si las bases así lo estipulan y si se trata de bienes de simple y objetiva especificación de carácter estándar, no será necesario firmar un contrato, bastando la emisión de la orden de compra y su aceptación para que se formalice la adquisición.

4. Impedimento a los proveedores de tomar contacto con los funcionarios compradores durante la licitación, que no sean las instancias establecidas en las bases de licitación.

5. Las garantías de fiel cumplimiento de contrato podrán ser fraccionadas y devueltas parcialmente al proveedor a medida que se vayan cumpliendo los períodos de tiempo establecidos en las bases, lo que facilita a los proveedores más pequeños tener mayor liquidez para competir en el mercado.

Le invitamos a revisar el detalle de las modificaciones al reglamento y el documento del reglamento actualizado con fecha 27-12-2011.

Si desea mayor información, contacte nuestra Mesa de Ayuda en el 600 7000 600 (desde celulares al 02 7318104), o ingrese su consulta en nuestros formularios de consulta en línea aquí.

Las Sociedades de Garantías Recíprocas de Chile organizaron el 22 de noviembre el  seminario “Instrumentos de Garantía y Eficiencia de las Compras Públicas con el objeto de presentar los beneficios de la utilización de los certificados de fianza en las licitaciones del Estado. ChileCompra participó de esta actividad presentando asimismo la aplicación de gestión de contratos, que permite mayores niveles de transparencia y eficiencia en el mercado público..

El evento, que se realizó en SOFOFA, convocó a más de 150 funcionarios de instituciones públicas que realizan sus procesos de licitaciones a través de la plataforma de licitaciones del Estado www.chilecompra.cl, y contó con las exposiciones del director de ChileCompra, Felipe Goya, la Jefa del Área de Nuevos Negocios de ChileCompra, Karina van Oosterwik, el presidente de la Asociación de Sociedades de Garantías Recíprocas, Luis Andrés Maturana y su director ejecutivo, Roberto Darrigrandi.

La incorporación de los certificados de fianza en las bases de licitaciones que realizan las entidades públicas, permiten a las Mipymes obtener a través de las distintas SGR, este instrumento que cumple los requisitos definidos en la normativa de compras públicas cuando es emitido a la vista, constituyéndose en una alternativa efectiva a los instrumentos de garantía que existen en el mercado.  

El director de ChileCompra, Felipe Goya, manifestó que  ChileCompra está comprometido con facilitar el acceso de más empresas al mercado público: ya son más de 100 mil las que participan, 90% de las cuales son Mipymes. Nos interesa que los compradores incorporen este instrumento en sus bases, porque es una alternativa que puede permitir a las empresas un mayor acceso a las oportunidades de negocio del Estado.

Goya se refirió asimismo a la nueva aplicación de gestión de contratos “que permite aumentar en forma exponencial los niveles de transparencia y eficiecia en las compras públicas, al poder conocer la ciudadanía todos los contratos asociados a procesos de compra, conocer su seguimiento y qué sucede en caso de existir contratos conexos”.Por su parte, el presidente de las Sociedades de Garantías Recíprocas de Chile, manifestó que “el certificado de fianza constituye una valiosa y competitiva alternativa a otros instrumentos para efectos de garantizar operaciones de compras públicas”. Asimismo, manifestó que “la masificación del certificado de fianza en el sistema de compras públicas va a permitir aumentar la participación de Mipymes en las respectivas licitaciones y, por ende, va a generar un mayor nivel competencia, con la consiguiente reducción en los precios de compra de servicios y productos por parte de la entidades estatales”.

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