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Agosto 10, 2015

Entran en vigencia los 53 cambios al Reglamento de Compras Públicas

En el día en que comienzan a regir las modificaciones a la normativa, la directora de ChileCompra, Trinidad Inostroza, respondió las primeras consultas de proveedores y compradores recibidas a través de la la Mesa de Ayuda.

En el día en que comienzan a regir las modificaciones a la normativa, la directora de ChileCompra, Trinidad Inostroza, respondió las primeras consultas de proveedores y compradores recibidas a través de la la Mesa de Ayuda.

 

Revisa las modificaciones al Reglamento aquí

 

Con el objetivo de dar a conocer y aclarar dudas sobre los cambios al Reglamento de Compras Públicas, este lunes 10 de agosto, la directora de ChileCompra, Trinidad Inostroza, respondió consultas telefónicas realizadas a la Mesa de Ayuda telefónica 600 7000 600.

Se trata de las primeras preguntas respecto a las modificaciones a la normativa que entran en vigencia hoy y que buscan fortalecer la transparencia y probidad en las contrataciones del Estado, así como promover un mayor acceso de empresas al sistema, especialmente las de menor tamaño.

“Para poder informar a proveedores y compradores sobre todas las modificaciones al reglamento capacitamos a los ejecutivos de la Mesa de Ayuda, por ello, hacemos un llamado a quienes tengan preguntas sobre estos cambios a llamar al 600 7000 600 o hacerlo por medio de los canales de consultas establecidos en nuestro sitio web”, indicó la autoridad.

La Mesa de Ayuda telefónica de ChileCompra tiene 40 ejecutivos y recibe un promedio de 700 consultas diarias de proveedores y compradores del Estado. Los profesionales responden consultas respecto a la normativa y también sobre temas específicos de uso de la plataforma, pérdida de clave para ingresar a Mercado Público, documentos necesarios para las licitaciones y modalidades de compra de parte de los organismos públicos, entre otros temas.

Principales modificacionesEntre los 53 cambios, se releva el deber de abstención para prevenir conflictos de interés, estableciendo que es aplicable a todas las autoridades, funcionarios y contratados a honorarios y exigible ante cualquier circunstancia que reste imparcialidad en los procesos de compra. Se limitan las renovaciones de los contratos, las que podrían llevarse a cabo por una vez y por causas fundadas buscándose poner término a establecimiento de cláusulas de vigencia indefinida o de renovaciones sucesivas que afecta a los principios de probidad y libre concurrencia de las ofertas.

Para fomentar la participación de las Mipyme, se aumentó el umbral para la exigencia de garantías de seriedad de la oferta para propuestas sobre 2.000 UTM. También, se establece como principio general el pago de proveedores dentro de los 30 días corridos siguientes a la aceptación de la factura o del respectivo instrumento tributario de pago. Además, los proveedores podrán conformar una Unión Temporal de Proveedores de dos o más empresas para participar en un proceso de compra sin la formalización de una nueva empresa.

En materia de inclusión se incorpora como parte del contenido mínimo de las bases, tratándose en prestación de servicios habituales la consideración del criterio “mejores condiciones de empleo y remuneraciones”. Como también, se describen como materias de alto impacto social situaciones como desarrollo inclusivo, impulso de la Pyme, descentralización y desarrollo local, protección del medio ambiente y contratación de personas en situación de discapacidad o vulnerabilidad social.

 

Revisa las modificaciones al Reglamento aquí

 

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