Proveedores deberán estar inscritos y en estado hábil en el Registro para participar de los negocios con el Estado
La medida comienza a regir el 12 de diciembre de 2024, por lo que se invita a las personas, empresas y sociedades que ofertan y venden sus productos y servicios a registrarse a la brevedad para no interrumpir su operación en www.mercadopublico.cl.
A partir del 12 de diciembre, las empresas y personas que quieran participar de los negocios con el Estado, deberán estar inscritos y en estado hábil en el Registro de Proveedores. Este Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado.
Es decir que no tengan ninguna de las siguientes causales de inhabilidad
1.- Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas
2.- Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales
3.- Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas
4.- Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos humanos del trabajador.
5.- No subsanar dentro del plazo de 10 días desde que sea requerido por ChileCompra, los antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados, que el proveedor hubiese proporcionado respecto de sus beneficiarios finales.
Hasta ahora, la habilidad en el Registro de Proveedores era requisito para contratar con las instituciones, sin embargo, con las modificaciones a la Ley de Compras Públicas, se amplía al momento de la oferta, es decir, cuando las personas y empresas participan de los procedimientos de compra y, además, cuando firman los respectivos contratos. De esta manera, se busca resguardar la probidad y la transparencia desde el primer contacto entre potenciales proveedores y organismos públicos.
Para el caso de las personas jurídicas, como empresas y sociedades, se suma la suscripción de una nueva Declaración Jurada del Registro de Proveedores que solicita información sobre los beneficiarios finales.
Cabe mencionar que el Registro podrá contar con tarifas diferenciadas para las Empresas de Menor Tamaño de manera de facilitar su participación.