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Enero 10, 2025

Funcionarias y funcionarios de distintos ministerios participan de capacitación sobre Ley de Compras Públicas

La charla convocada por la Secretaría de Comunicaciones (Secom) reunió a personeros de las carteras de Agricultura, Ciencias, Cultura, Economía, Educación, Salud, Justicia y Transporte, entre otros.

Ante 181 empleados públicos de distintos ministerios se desarrolló este jueves 9 de enero la capacitación que abordó las principales disposiciones de la nueva Ley de Compras Públicas y su Reglamento.

Paula Moreno, Jefa del Departamento de Gestión y Asesoría de Compradores de ChileCompra y Andrea Lynch, profesional del mismo departamento, fueron las encargadas de responder las dudas de los participantes respecto a las modificaciones que buscan mejorar el gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia, introducir explícitamente el fomento a la participación de las empresas de menor tamaño, así como la innovación y la economía circular.

La charla es parte de las actividades de difusión y formación realizadas para que tanto compradores públicos, como abogados y profesionales de las distintas instituciones puedan interiorizarse de los cambios normativos.

10 cambios clave de la Ley de Compras Públicas

1.- Se eleva el límite de la Compra Ágil de 30 a 100 UTM priorizándose a las Empresas de Menor Tamaño.

2.- Unión Temporal de Proveedores sólo podrá ser integrada por este segmento de empresas.

3.- Se limitan los montos de garantías en licitaciones públicas para reducir las barreras de entrada.

4.- Municipios, gobiernos regionales y organismos descentralizados podrán establecer criterios de evaluación que den preferencia a proveedores locales en licitaciones hasta 500 UTM.

5.- Licitaciones de Convenio Marco incluirán cláusulas por zonas geográficas.

6.- El Registro de Proveedores entregará información de los beneficiarios finales de las empresas para evitar conflicto de interés y riesgos de corrupción.

7.- Sólo podrán participar y contratar con el Estado personas y empresas que estén inscritas y hábiles en el Registro de Proveedores, es decir sin condenas por prácticas antisindicales, delitos de cohecho o lavado de activos, entre otros.

8.- Se restringen las causales de tratos directo para buen uso de los recursos públicos.

9.- Compradores públicos deberán realizar la Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP) de manera semestral.

10.- Se amplía a todos los funcionarios de los organismos públicos -y no solo a directivos- la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en los que trabajen. Esta inhabilidad se extiende a sus cónyuges, convivientes civiles, parientes y sociedades en las que estos sean parte o beneficiarios finales.

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