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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 14.518

Fecha: 18-03-2010

Organismo que realiza la consulta: Municipalidad de Huechuraba

Tema de la Consulta: Sismo

Resumen:La finalidad de las municipalidades es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.

Las municipalidades deben atender las necesidades públicas en forma continua y permanente.

Municipalidad deberá, por tanto, ante la situación excepcional y de fuerza mayor producida por el terremoto ocurrido en febrero de 2010, adoptar todas las medidas conducentes a restablecer, en coordinación con los demás organismos públicos, la continuidad de sus funciones, resguardar los inmuebles que administra y evitar situaciones de riesgo para el personal y la comunidad, evaluando las diferentes condiciones que concurran en cada caso.

En cuanto a la forma en que deben llevarse a cabo los procedimientos administrativos, en estos casos, cabe tener en cuenta, en especial, los principios de economía procedimental y no formalización que consagra, en sus artículos 9° y 13, respectivamente, la ley N° 19.880 -sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado-, como asimismo lo dispuesto en su artículo 27 -sobre vencimiento de plazos en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor-, preceptiva que, según la naturaleza de las correspondientes actuaciones y considerando el carácter supletorio de ese cuerpo legal, deben tener presente los municipios en las tramitaciones pertinentes.

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