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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 18.548

Fecha: 13-04-2009 

Organismo que realiza la consulta: Particular – Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena

Tema de la Consulta:Alcance de la Ley N° 19.886, Competencia de la Contraloría/competencia del Tribunal de Contratación Pública

Resumen

El Decreto con Fuerza de Ley N° 36, de 1980, del Ministerio de Salud -que establece normas sobre los convenios que celebren los Servicios de Salud con otras personas naturales o jurídicas-, autoriza a dichos Servicios para encomendar a terceros algunas de las acciones de salud que les corresponde ejecutar. Los convenios celebrados en uso de tales facultades, forman parte de la clase de contratos administrativos onerosos que tienen por objeto la prestación de un servicio en favor de la Administración del Estado, necesario para la adecuada ejecución de las tareas que competen a los organismos públicos que los concluyen, y que, por ende, se encuentran sujetos a las disposiciones de la Ley N° 19.886.

El artículo 24 de la Ley N° 19.886, establece que el Tribunal de Contratación Pública será competente para conocer de la acción de impugnación contra actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, ocurridos en los procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos regidos por esa ley, por tal razón, Contraloría se abstiene de emitir un pronunciamiento respecto del proceso de licitación a que se refiere la consulta.

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