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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 23.348

Fecha: 04-05-2010

Organismo que realiza la consulta: Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río

Tema de la Consulta: Trato directo por proveedor único, Vigencia del contrato.

Resumen: Se abstiene de tomar razón de resolución que aprueba un trato directo basada en la causal de proveedor único. Sostiene la Contraloría que el acto administrativo se limita a consignar que existe sólo un proveedor en condiciones de ofrecer el servicio requerido, sin fundamentar esta circunstancia ni acompañar antecedente alguno en tal sentido, de modo que dicha declaración no resulta suficiente para estimar y acreditar que la empresa con la que se pretende contratar tenga el carácter de proveedor único de esos servicios.

Repara cláusula del convenio según la cual la vigencia del contrato comienza desde la fecha de suscripción de éste, debiendo estipularse que se inicia con la total tramitación del acto que lo aprueba.

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