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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 2368

Fecha: 18-01-2008 


Organismo que realiza la consulta:
Instituto de Desarrollo Agropecuario

Tema de la Consulta: 

  • Fundamentación del trato directo.
  • Causal de trato directo relativa a la importancia y magnitud de la contratación.

 

Resumen

El trato directo es una modalidad excepcional de contratación, por lo cual no basta la sola referencia a las disposiciones legales y reglamentarias que contienen la causal que fundamenta la contratación directa, sino que requiere acreditar efectiva y documentadamente las razones que motivan su procedencia. 

Respecto de la causal de trato directo establecida en el artículo 8°, letra g), de la ley N° 19.886, en relación con el número 7, letra f), del artículo 10° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, debe acreditarse y documentarse particularmente, las razones que permiten estimar fundadamente que no existen otros proveedores que otorguen la seguridad y confianza que se atribuye a la entidad con la que se contrata.

 

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