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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 24863

Fecha: 29-05-2008 

 
Organismo que realiza la consulta: SERVIU Metropolitano

Tema de la Consulta: 

  • Principio de libre concurrencia
  • Experiencia
  • Plazo del contrato
  • Inhabilidades para contratar con la Administración
  • Resolución aprobatoria de bases

Resumen

La experiencia exigida a los integrantes del equipo de trabajo de los proponentes en de las bases técnicas, atenta contra el principio de la libre concurrencia de los oferentes consagrado en los artículos 4° y 6° de la ley N° 19.886, sin perjuicio de que pueda ser considerada como un criterio de evaluación, en los términos previstos por el artículo 38 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Debe existir claridad en las bases acerca del modo en que se deberá computar el plazo para la ejecución de la consultoría. La cita a los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 4° de la ley N° 20.088 contenida en los formatos de declaración jurada, relativos a las prohibiciones de contratar con la Administración, debe efectuarse al inciso sexto del artículo 4° de la ley N° 19.886. Por razones de certeza jurídica, los documentos de la licitación debieron transcribirse en la resolución aprobatoria de las bases, resultando insuficiente la sola mención de que forman parte integrante de la misma.

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