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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 45.264

Fecha: 20-08-2009 

Organismo que realiza la consulta: Municipalidad de La Serena

Tema de la Consulta: Delegación, Resolución que autoriza trato directo y/o licitación privada, Cobro de garantías

Resumen

Es posible que el alcalde delegue la atribución para dictar las resoluciones fundadas a que se refiere el artículo 8°, letras c), d) y h) de la ley N° 19.886, relativas a la procedencia de la licitación privada o la contratación directa, por cuanto no se observa obstáculo jurídico al efecto, además que esas funciones se vinculan con las labores de gestión municipal que puede ejercer un administrador municipal.

No resulta procedente la delegación de facultades que el Alcalde de la Municipalidad ha hecho en el respectivo Administrador Municipal para cobrar en efectivo depósitos a la vista y vales vista tomados a favor de ese municipio, por cuanto sería una función entregada expresamente a la Unidad de Administración y Finanzas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27, letra b), N° 7 de la ley N° 18.695.

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