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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 48.093

Fecha: 19-08-2010

Organismo que realiza la consulta: Policía de Investigaciones.

Tema de la Consulta: · Acreditación causal de trato directo; formas de pago; autorizaciones presupuestarias.

Resumen: La Contraloría General se abstiene por segunda vez de dar curso a una resolución de la Policía de Investigaciones de Chile, que aprueba el contrato de compraventa de bienes y servicios que indica, suscrito con una empresa bajo la modalidad de trato directo -en virtud del artículo 10, numeral 7, letra g), del reglamento de la ley 19.886.

Al respecto, la Contraloría señala que del análisis del instrumento reingresado aparece que el Servicio remitente nuevamente ha omitido indicar las razones por las cuales los bienes adquiridos y los servicios contratados son “complementarios” y una continuación de etapas de un proyecto previamente desarrolladas por la empresa contratista. En este sentido, el organismo de control reitera que por el carácter excepcional del trato directo, se requiere de una acreditación cabal de las razones que motivarían su procedencia, no siendo suficiente para dicho fin la sola remisión a documentos específicos, tales como actas, o informes jurídicos y técnicos.

Adicionalmente, el Ente Fiscalizador objeta la cláusula segunda del convenio, en cuanto ésta estipula que “La forma de pago de la suma aludida sólo se dispondrá a pago una vez Tomado Razón por Contraloría General de la República”, debido a que no se precisan las cantidades asociadas a cada uno de los hitos de cumplimiento del contrato, generándose con esta omisión una indeterminación de los montos que pueden ser anticipados a la empresa contratista y, consiguientemente, de las cauciones que aquélla deba entregar.

Finalmente, la Entidad de Control anota que en lo sucesivo se deberá acompañar la autorización presupuestaria pertinente a los actos administrativos como el de la especie, con el objeto de acreditar la existencia de recursos suficientes para solventar el gasto que irroga el cumplimiento del contrato respectivo.

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