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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 48.435

Fecha: 02-09-2009 

Organismo que realiza la consulta: Particular – Ministerio de Educación – Dirección de Compras y Contratación Pública

Tema de la Consulta:Competencia Contraloría, Competencia Tribunal de Contratación Pública, Competencia Consejo de Transparencia

Resumen

Se abstiene de pronunciarse sobre reclamo de un particular por las siguientes razones:

El reclamo del recurrente sobre el proceso de adjudicación se encuentra dentro de la esfera de competencia del Tribunal de Contratación Pública, al tenor de lo dispuesto en el artículo 24 de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

Compete al Consejo para la Transparencia resolver, fundadamente, los reclamos por denegación de acceso a la información.

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