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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 48.957

Fecha: 24-08-2010

Organismo que realiza la consulta: Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente

Tema de la Consulta: · Regularización de servicios; integridad de actos administrativos; autorización presupuestaria.

Resumen: Esta Entidad de Control se abstiene de dar curso a una resolución del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, que aprueba un contrato de servicios de aseo para el Hospital Metropolitano de Santiago, por cuanto se señala en dicho acto administrativo que los servicios convenidos han sido ejecutados desde el mes de agosto del año 2009 a la fecha, circunstancia que no se reconoce en el acuerdo de voluntades ni se regulariza en el acto administrativo que lo aprueba. Al respecto, la contraloría indica que el referido Servicio deberá arbitrar la medidas pertinentes para regularizar las prestaciones ejecutadas desde esa fecha, e indagar las eventuales responsabilidades administrativas que concurran en la situación en comento.

Por otro lado, la Contraloría indica que el acto en análisis tampoco dio cumplimiento al inciso segundo del artículo 6°, de la resolución N° 1.600, de 2008, de esa Entidad de Control, que dispone que los actos administrativos que aprueben convenios deberán transcribirlos en el cuerpo del decreto o resolución. Además, el Ente Fiscalizador objeta el referido convenio, por cuanto no determina la reglamentación de las multas, su cuantía y los hechos que las configuran, no resultando procedente la mera remisión a las bases.

Por último, la Contraloría reitera la necesidad de acompañar a los antecedentes la correspondiente autorización presupuestaria prevista en el artículo 3° del Reglamento de la ley 19.886.

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