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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 53.125

Fecha: 12-11-2008 


Organismo que realiza la consulta:
Gendarmería de Chile

Tema de la Consulta: 

  • Multas
  • Aclaraciones
  • Incumplimiento de las bases

Resumen

Las multas, por su naturaleza, deben ser de cargo exclusivo del proveedor contratado, y por tanto no pueden ser incluidos en los gastos generales imputados al costo final del contrato, por cuanto aquello importaría hacerlas de cargo fiscal. 

Las preguntas formuladas por los proveedores durante el proceso licitatorio deben efectuarse a través del Sistema de Información, salvo que las bases permitan aclaraciones en soporte papel.

Por último, objeta el incumplimiento de lo previsto en las bases en cuanto a la integración de la comisión evaluadora y a la fecha en que se debía hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento.

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