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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 58.587

Fecha: 01-10-2010

Organismo que realiza la consulta: CONAF

Tema de la Consulta: Incompetencia de Contraloría en impugnación de licitaciones; pronunciamiento sobre aspectos de mérito.

Resumen: Se presenta reclamación ante la Contraloría General, señalando que la Corporación Nacional Forestal (CONAF) no consideró las objeciones planteadas en oficio anterior, emitido por el Ente Contralor, referido a una antigua licitación de dicha Corporación. Al respecto, el reclamante apunta que en un nuevo procedimiento licitatorio se habrían repetido los mismos hechos irregulares. En virtud de lo señalado, el peticionario requiere que se declare desierta la mencionada licitación.

Al respecto, la Contraloría reitera lo señalado en su jurisprudencia anterior, en el sentido de precisar que carece de competencia para declarar desierta una licitación, toda vez que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la ley N° 19.886, corresponde al Tribunal de Contratación Pública conocer de la acción de impugnación contra actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, ocurridos en los procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos regidos por la citada ley, lo que también resulta válido para aquellos servicios que voluntariamente se acojan a sus disposiciones, como ocurre en el caso de CONAF.

Asimismo, en lo que concierne a los planteamientos del recurrente respecto de las características técnicas de los productos exigidos en la licitación impugnada, el Organismo de Control puntualiza que, con motivo del control de legalidad de los actos de la Administración, tampoco le corresponde evaluar los aspectos de mérito o conveniencia de las decisiones administrativas, en conformidad con la norma contenida en el artículo 21 B de la ley N° 10.336.

 

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