Dictamen N° 68.588
Organismo que realiza la consulta: INDAP
Tema de la Consulta: Convenios marco y condiciones más favorables
Resumen:
La Entidad de Control se abstiene de dar curso a una resolución del Instituto de Desarrollo Agropecuario, que aprueba el contrato entre ese Instituto y la empresa que se indica, para la prestación de servicios de impresión y fotocopiado, por cuanto en la parte considerativa se menciona escuetamente que los convenios marco relativos al objeto de la licitación no presentan las condiciones más favorables, contraviniendo el artículo 15 del Reglamento de la ley N° 19.886, en el sentido que la obligación de suscribir tales convenios exige invocar condiciones más ventajosas, demostrables e informadas a la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Asimismo, la Contraloría objeta las citadas bases, en cuanto éstas establecen como requisito para participar en el procedimiento concursal, experiencia en el rubro e inscripción en el respectivo registro, lo cual atenta contra el principio de libre concurrencia consagrado en el artículo 9°, de la ley N° 18.575 y 16 de la ya citada ley N° 19.886.
En otro orden de consideraciones, el Ente Fiscalizador declara como improcedente aquella cláusula de las bases que dispone que la garantía de fiel cumplimiento será por el monto fijo allí indicado, por cuanto el artículo 68 del Reglamento indica que las garantías deben ser equivalentes a un porcentaje del monto total del contrato.
Finalmente, la Contraloría objeta aquel punto de las bases que impone sanciones al prestador, ya que vulneraría los principios de proporcionalidad y certeza jurídica, en cuanto se refiere a incumplimientos en forma genérica, estableciendo como únicas sanciones el cobro de la garantía, la multa allí singularizada, y el término anticipado del contrato.