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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 72.030

Fecha: 29-12-2009

Organismo que realiza la consulta: Subsecretaría de Transporte

Tema de la Consulta: Garantía de fiel cumplimiento

Resumen: Da curso a resolución que aprueba contrato de servicio, haciendo presente que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento otorgada por el consultor, debe permanecer vigente hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato, debiendo el organismo público adoptar las medidas necesarias a fin de que ella sea renovada hasta el cumplimiento de ese plazo.

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