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Noviembre 9, 2016

Dictamen N°1.754

Fecha: 13-01-2010  

Organismo que realiza la consulta: Municipios integrantes del Consejo de Alcaldes Cerros de Renca

Tema de la Consulta: Garantía de fiel cumplimiento, Concesiones de servicios municipales, Extracción de residuosRenovaciones

Resumen: Actualmente el procedimiento administrativo de otorgamiento de concesiones para la prestación de servicios por las municipalidades, debe ajustarse a la Ley N° 19.886 y a su reglamento, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Ley N° 18.695, modificada por la Ley N° 20.355, publicada en el Diario Oficial el 25 de junio de 2009.

De la historia del establecimiento de la Ley N° 20.355, aparece que dicha iniciativa tuvo por objeto propender, por una parte, a la mayor transparencia de los procedimientos de licitación de concesiones de servicios municipales -en particular, de aquellos referidos a la extracción de residuos sólidos domiciliarios-, toda vez que la ley N° 19.886 encuentra sus fundamentos directos en los principios de transparencia y publicidad, y, por otra, a la protección laboral y previsional de los trabajadores de las empresas que postulen a su adjudicación, en virtud de la modificación introducida a la misma por la ley N° 20.238, que asegura la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la Administración del Estado.

Las disposiciones de derecho público, como la referida, rigen in actum, es decir, que desde la fecha en que entran en vigencia, regulan todas las situaciones comprendidas en el ámbito de sus normas, salvo que prevean una fecha especial de vigencia o contengan preceptos en contrario, lo que no ocurre en el caso analizado.

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