Dictamen N°29.854
- Decreto con Fuerza de Ley N° 36, de 1980, del Ministerio de Salud
- Aplicación de la Ley 19.886
Resumen
El decreto con fuerza de ley N° 36, de 1980, del Ministerio de Salud, que establece normas sobre los convenios que celebren los Servicios de Salud con otras personas naturales o jurídicas, relativos a la ejecución de las acciones de salud que el ordenamiento encomienda a dichos organismos públicos, regula, la celebración de un acuerdo de voluntades que, atendida su naturaleza, forman parte de la clase de los contratos administrativos onerosos que tienen por objeto la prestación de un servicio en favor de la Administración del Estado, y por tanto, dichos acuerdos se encuentran sujetos a las disposiciones de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Los Centros Comunitarios de Salud Mental Familiar -COSAM-, constituyen servicios que han sido traspasados a las municipalidades, y se encuentran, por ende, sujetos a la dependencia directa de las entidades edilicias respectivas. Por lo tanto, el Servicio de Salud se encuentra facultado para encomendar, de conformidad con las disposiciones de decreto con fuerza de ley N° 36, de 1980, del Ministerio de Salud, a los Centros Comunitarios de Salud Mental Familiar dependientes de los municipios de su jurisdicción, la ejecución de las acciones que el ordenamiento jurídico le encomienda, procediendo al efecto por la vía de la contratación directa.