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Enero 16, 2017

Información Modificaciones al Reglamento de Compras Públicas 2015

En esta  sección encontrará el detalle y los alcances de las modificaciones al Reglamento de Compras Públicas que entrará en vigencia a partir del 10 de agosto de 2015.

Estos cambios buscan entregar:

  1. Impulso a las empresas de menor tamaño
  2. Consideración de criterios inclusivos en la evaluación de las ofertas
  3. Fortalecimiento de los principios de probidad y transparencia en las compras públicas

Los principales cambios son:

En materia de acceso para la micro y pequeña empresa:

  • Revise video Cambios al Reglamento de Compras Públicas: Más acceso para las Mipes
  • Revise video con opiniones sobre mayor acceso a la Mipe
  • Se establece, un umbral más elevado que el actualmente existente, para la exigencia de las garantías de seriedad de la oferta para propuestas sobre 2000 UTM, liberándose a las empresas de menor tamaño.
  • Se eliminan las restricciones a los tipos de garantías, tanto de seriedad como de fiel cumplimiento, debiendo los organismos compradores aceptar cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva.
  • Se recoge como principio general en materia de pago a proveedores, la regla consistente en que dichos pagos deberán efectuarse por las entidades compradoras dentro de los 30 días corridos siguientes a la aceptación de la factura o del respectivo instrumento tributario de pago.
  • Contempla como parte del contenido adicional de las Bases, la incorporación de criterios de evaluación relacionados con el impulso a las empresas de menor tamaño y con la descentralización y el desarrollo local.
  • Podrán conformar una Unión Temporal de Proveedores de dos o más empresas para participar en un proceso de compra sin la formalización de una nueva empresa.

 

En materia de promoción de criterios inclusivos:

En materia de Transparencia y Probidad:

  • Revise video Cambios al Reglamento de Compras Públicas: Transparencia y probidad
  • Revise video con opiniones sobre medidas pro transparencia y probidad en el Reglamento
  • Se aplica abstención a autoridades, funcionarios y contratados a honorarios, como también en la participación de procedimientos de contratación en cualquier circunstancia que les reste imparcialidad.
  • Sobre causales de Trato Directo a consultorías, que no pueden ser sometidas a licitación, deben siempre referirse a aspectos claves y estratégicos, fundamentales para el desarrollo de la función pública y que no puedan ser realizados por personal de la propia entidad.
  • Se establece a la institución como responsable de estimar el mondo de la contratación. Así, cuando el monto supere en más de un 30%, la entidad debe explicar en el acto adjudicatorio las razones técnicas y económicas que justifiquen esta diferencia.
  • Se limitan las renovaciones de los contratos, las que podrán llevarse a cabo por una sola vez y por causas fundadas buscándose poner término a una práctica extendida en los organismos públicos compradores, como es el establecimiento de cláusulas de vigencia indefinida o de renovaciones sucesivas, las que han redundado en una vulneración a los principios de probidad y de libre concurrencia de los oferentes.
  • Se obliga a las entidades compradoras que ante licitaciones complejas y en las superiores a 5.000 UTM, efectúen con anterioridad a la elaboración de las bases, un análisis sobre las características de los bienes o servicios requeridos, de sus precios, de los tiempos de preparación de las ofertas, de los costos asociados o de cualquier otra característica que requieran para la confección de las bases. Además, para licitaciones iguales o superiores a dicho monto, se aumentan los plazos para ofertar a 30 días.

 

Revise modificaciones en la siguiente presentación: 

Cambios al Reglamento de compras 2015

Descargue la Guía de Uso Modificaciones al Reglamento de Compras Públicas 2015:
Guía de Uso Modificaciones al Reglamento de Compras Públicas 2015
Descargue Guía de Uso Modificaciones al Reglamento Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Guía de Uso Modificaciones al Reglamento Unión Temporal de Proveedores (UTP)

Revise publicación Diario Oficial, del 12 de mayo de 2015. 

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