Noticias

Menú

Octubre 8, 2021

Comprador: Conoce las recomendaciones para hacer un buen uso de trato directo

Este procedimiento de compra excepcional permite contratar a un proveedor sin la concurrencia de los requisitos para la licitación pública o privada, sólo por las causales expresamente indicadas en la normativa. 

  • Revisa la infografía explicativa aquí.

La normativa en compras públicas indica que los tratos directos son un procedimiento de compra que puede proceder si cumple con algunas de las causales señaladas en la ley, requiriendo un acto administrativo fundado, cuya responsabilidad recae en el jefe de servicio del organismo público.

Para apoyar la gestión de los compradores, la Dirección ChileCompra desarrolló una gráfica explicativa que entrega una serie de recomendaciones respecto a este procedimiento excepcional, el cuál debe estar fundamentado y correspondiente acreditado no bastando la mención de las causales.

¿Qué considerar para realizar un trato directo?

  • Determina el motivo y fundamenta suficiente y precisamente la resolución que autoriza el trato directo: no basta la sola referencia a las disposiciones legales.
  • Verifica que el proveedor seleccionado se encuentre Hábil en el Registro de Proveedores.
  • Evita la fragmentación de compras, la que se encuentra prohibida en la normativa.
  • Publica la resolución fundada 24 horas después de emitirla.
  • Al publicar tu resolución ten presente no incluir datos personales de tu proveedor que incumplan la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Volver
Subir