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Enero 18, 2024

Convención de las Naciones Unidas emite resolución para fomentar la transparencia y la integridad en la contratación pública

En apoyo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el ente internacional entregó una serie de recomendaciones a considerar en la lucha contra la corrupción.

Como un hito mundial para las compras públicas es recibida la resolución de las Naciones Unidas en materia de contratación pública emanada de la Conferencia de los Estados Parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Con el objetivo de fomentar la transparencia y la integridad en la contratación pública en apoyo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, dicho documentoreconoce que la contratación pública corre riesgos de corrupción y se destaca la importancia de reforzar los datos abiertos, la transparencia y la rendición de cuentas, de conformidad con las leyes nacionales, durante todo el ciclo de la contratación pública.

Dentro de las recomendaciones se insta a que los estados que forman parte de las Naciones Unidas se abstengan de promulgar y aplicar medidas económicas, financieras o comerciales unilaterales no conformes con el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas que impidan la plena consecución del desarrollo económico y social, en particular en los países en desarrollo.

Además, se les hace un llamado a elaborar leyes, reglamentos y procedimientos de contratación pública de fácil acceso al público, claros, transparentes y coherentes, dentro de sus posibilidades y de conformidad con los principios fundamentales de sus ordenamientos jurídicos, a que los consoliden a nivel nacional, según proceda, y a que los pongan oportunamente a disposición en línea.

Por último, se les incita a que elaboren y apliquen o mantengan políticas eficaces y coordinadas de lucha contra la corrupción que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del estado de derecho, la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia y la rendición de cuentas; lo anterior en conformidad con el artículo 5 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y los principios fundamentales de sus ordenamientos jurídicos.

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