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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 20043

Fecha: 29-04-2008 


Organismo que realiza la consulta:
Hospital del Salvador

Tema de la Consulta: 

  • Toma razón
  • Dejar sin efecto licitación pública
  • Responsabilidad administrativa

Resumen

Devuelve sin tramitar resolución de adjudicación de licitación pública cuyas bases no fueron tomadas razón por la Contraloría por cuanto no se ajustaban a derecho.

Se abstiene de dar curso a la resolución de adjudicación, toda vez que dicho acto, atendida su naturaleza, no se encuentra afecto al trámite de toma de razón, de conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 520, de 1996, de la Contraloría, que fija normas sobre la materia.

Hacer presente que mientras no se subsanen las observaciones formuladas mediante dictamen que devolvió sin tramitar la resolución que aprobaba las bases, no es posible convocar válidamente a la licitación de que se trata y, en consecuencia, proceder a la suscripción del respectivo contrato, acto administrativo, este último, que sí se encuentra afecto al control preventivo de legalidad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 3° de la resolución N° 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.

Corresponde que el Servicio deje sin efecto el aludido procedimiento concursal y convoque a una nueva licitación, debiendo aprobarse, al efecto, las bases administrativas pertinentes, sin perjuicio de hacerse efectivas las eventuales responsabilidades que pudieren afectar a los funcionarios que convocaron a dicho procedimiento licitatorio.

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