ChileCompra dispone plan de contingencia y recomendaciones ante compras de emergencia por incendios en las regiones de Ñuble y Biobío
Se está realizando un monitoreo de las contrataciones de las entidades para disponer la paleta de productos y servicios que se requieran para combatir la situación y sus respectivos precios.
- Descarga las planillas con los productos disponibles según Convenio Marco (actualizada al 19 de enero de 2026)
Emergencias
Alimentos
Ferretería
Tarjeta de beneficios o voucher
Insumos y dispositivos médicos
Vehículos
Aseo: accesorios de limpieza general / limpieza general y mantención de pisos / limpiador de muebles / detergentes / aerosoles desodorantes y desinfectantes / limpieza de baño y cocina / perfumería e higiene personal / papel tissue / mantención de piscinas - Revisa el Decreto que declara estado de excepción constitucional de catástrofe en la Región de Ñuble (18 de enero de 2026).
- Revisa el Decreto que declara estado de excepción constitucional de catástrofe en la Región de Biobío (18 de enero de 2026).
- Más información en nuestra sección de compras públicas ante una emergencia.

Ante los decretos presidenciales N° 2 y N° 3, de fecha 18 de enero de 2026, que declaran Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las regiones de Ñuble y Biobío debido a los devastadores incendios forestales, la Dirección ChileCompra activó un plan de contingencia para apoyar la gestión de los organismos públicos.
Para realizar compras relacionadas con emergencias y catástrofes e ir en rápida respuesta a la ciudadanía, la Ley N° 19.886 de compras públicas y su normativa considera una serie de recomendaciones y alternativas.
Por una parte, se encuentra disponible la tienda de Convenios Marco. Los productos y servicios más utilizados por los organismos públicos ante situaciones de contingencia, están incluidos en el Convenio Marco de Emergencias y Prevención, cuyo catálogo incluye viviendas y camas de emergencia, kit de alimentación y kit sanitario. También se encuentran a disposición los Convenios de Aseo, Alimentos y Ferretería.
Asimismo, la normativa permite el uso de trato directo debidamente justificado, indicando que el producto no se encuentra disponible en el catálogo de Convenio Marco vigente, o bien, que se presentan condiciones más ventajosas fuera de la tienda electrónica. Asimismo, es necesario recordar que de acuerdo al artículo 77, inciso primero, del Reglamento de compras públicas, la entidad licitante debe publicar la resolución fundada que autoriza la procedencia del trato directo a más tardar 24 horas después de la dictación de dicha resolución en www.mercadopublico.cl.
Compras por trato directo
Ante la emergencia, los organismos pueden realizar compras de excepción vía trato directo. Cada jefe de servicio es responsable de fundamentar el acto administrativo que autorice o regularice la compra vía trato directo.
La resolución debe incluir:
- Situación que generó la emergencia y el Decreto Supremo que declara la zona como de catástrofe.
- Fundamentos de hecho que sirvan de antecedentes de la compra. No basta la sola referencia a las disposiciones legales.
- Mencionar las situaciones y circunstancias por las cuáles es necesario realizar un trato directo versus una compra por Convenio Marco.
Se recomienda a los compradores que la formalización del trato directo se realice mediante la firma de un contrato donde se detallen las obligaciones respectivas tanto del comprador como el proveedor.
Compras por Convenio Marco
Los productos y servicios más utilizados por los organismos públicos ante emergencias están incluidos en el Convenio Marco de Emergencias. Entre estos, se cuentan viviendas y camas de emergencia, kit de alimentación (para 4 personas por 4 días) y kit sanitario. También están disponibles los Convenios de Aseo, Alimentos y Ferretería.
La Dirección ChileCompra se encuentra monitoreando con los proveedores el stock y precios de estos productos y servicios.
