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PRUEBA Compras Coordinadas

 

¿Qué son?

Las Compras Coordinadas son una modalidad de compra, por la cual dos o más entidades regidas por la Ley de Compras (además de los organismos públicos adheridos voluntariamente o representados por la Dirección ChileCompra),  agregan demanda mediante un procedimiento competitivo. Esto con el fin de lograr ahorros y reducir costos de transacción.

¿Cuándo aplican?

Para realizar una compra coordinada, los organismos públicos deben considerar:

  • Relevancia de la compra en materia de presupuesto
  • Bienes o servicios con alto grado de estandarización
  • Alto ahorro potencial de la compra
  • Existencia de economías de escala en la industria
  • Capacidad del mercado de responder a la demanda
  • Grado de concentración del mercado
  • Experiencia internacional

Dos tipos de Compras Coordinadas:
Dependiendo de quién ejecute esta agregación de demanda en el proceso de compra, se distinguen dos maneras de implementación: Compras Coordinadas por mandato, ejecutadas por la Dirección ChileCompra y Compras Coordinadas conjuntas, en las que esta Dirección puede prestar una labor de asesoría a los organismos compradores.

En los casos que se definan Compras Coordinadas, solicitamos a los usuarios compradores se comuniquen a través del correo electrónico comprascoordinadas@chilecompra.cl.

En este caso, la Dirección ChileCompra agrega demanda representando a varias instituciones del Estado, a través de un  procedimiento de licitación para la contratación de bienes o servicios. Esta representación debe ser solicitada por cada organismo participante a través de un oficio (artículo 7, inciso tercero, del Reglamento de Compras).

Las Compras Coordinadas por mandato deben reunir condiciones para lograr los objetivos de eficiencia esperados: relevancia de la compra en materia de presupuesto, estandarización de productos y/o servicios,  potencial agregación de demanda que se traduzca en ahorros significativos, capacidad del mercado de responder a la demanda agregada y grado de concentración del mercado, entre otras.

Dos o más entidades efectúan un proceso de compra para contratar para sí, el mismo tipo de bien o servicio. Para ello, la Dirección ChileCompra apoya activamente en el desarrollo del proceso de compra, pero sin asumir ningún tipo de representación de los compradores.

La coordinación en los organismos interesados y la asesoría de la Dirección ChileCompra se formaliza a través de un Convenio de Colaboración, pudiendo incorporarse a él nuevos organismos mediante un oficio de adhesión. En virtud del artículo 2°, N° 39, del Reglamento de la ley N° 19.886, estas compras deben desarrollarse a través de un procedimiento competitivo, ya sea mediante una licitación o mediante una Gran Compra de Convenio Marco.

 

Ley de Presupuesto año 2020

La Ley de Presupuestos de este año indica que la Dirección de Presupuestos puede establecer los mecanismos de adquisición de los siguientes bienes y servicios:

  • Servicio Arriendo Computadores
  • Compra de Computadores
  • Servicio de Telefonía Móvil y Banda Ancha Móvil
  • Vehículos

En el Oficio Circular N°5 del Director de Presupuestos, se establece que la adquisición del Servicio de Arriendo de Computadores, de la Compra de Computadores y del Servicio de Telefonía Móvil y Banda Ancha Móvil deberán efectuarse mediante Compras Coordinadas.

Módulo en Mercado Público

Conoce nuestro módulo (aplicativo) de Compras Coordinadas para facilitar el proceso de compras, directamente desde el escritorio de Mercado Público.

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