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Noviembre 9, 2016

Dictamen N° 66.164

Fecha: 26-11-2009 

Organismo que realiza la consulta: Servicio Agrícola y Ganadero

Tema de la Consulta: Contrato, Garantía de fiel cumplimiento

Resumen: 

Se abstiene de tomar razón de contrato adjudicado por licitación pública por las siguientes razones:

De los antecedentes tenidos, no existe constancia de que la empresa seleccionada haya dado cumplimiento a la obligación de entregar la caución de fiel cumplimiento exigida en las bases de licitación.Acorde con lo señalado en las bases de licitación, la no entrega de la garantía de fiel cumplimiento implica entender por desistido de su propuesta al adjudicatario y permite hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, quedando facultado el Servicio para adjudicar el contrato al oferente siguiente mejor evaluado o declarar desierta la licitación, según corresponda.

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