ChileCompra dispone plan de contingencia y recomendaciones ante compras de emergencia por incendios en las regiones de Ñuble, Biobío y Araucanía
Los compradores públicos pueden llamar al teléfono móvil +56 9 8957 0956 para recibir asesoría en sus adquisiciones para hacer frente a la contingencia. Además, se está realizando un monitoreo de las contrataciones de las entidades afectadas para disponer la paleta de productos y servicios que se requieran para combatir la situación y sus respectivos precios.
- Descarga las maestras de productos de los Convenios Marco de Emergencias, Aseo, Alimentos y Ferretería (actualizada al 17 de febrero 2023).
- Revisa el Decreto 54 como zona afectada por catástrofe a la región de la Araucanía (04 de febrero 2023).
- Revisa el Decreto 53 que declara estado de excepción constitucional de catástrofe a la Región de la Araucanía (04 de febrero 2023).
- Revisa el Decreto 51 que declara como zona afectada por catástrofe a las regiones de Ñuble y Biobío (03 de febrero 2023).
- Revisa el Decreto 50 que declara estado de excepción constitucional de catástrofe de en las regiones de Ñuble y Biobío (03 de febrero 2023).
- Más información en nuestra sección de compras públicas ante una emergencia.
Ante los decretos presidenciales 50, 51, 53 y 54 que declaran Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las regiones Ñuble, Biobío y Araucanía tras los incendios forestales, la Dirección ChileCompra activó un plan de contingencia para apoyar la gestión de los organismos públicos.
La medida del Gobierno faculta a las entidades del Estado a utilizar la modalidad de trato directo, mediante resolución fundada.
Compras por trato directo
Ante la emergencia, los organismos pueden realizar compras de excepción vía trato directo. Cada jefe de servicio es responsable de fundamentar el acto administrativo que autorice o regularice la compra vía trato directo.
La resolución debe incluir:
- Situación que generó la emergencia y el Decreto Supremo que declara la zona como de catástrofe.
- Fundamentos de hecho que sirvan de antecedentes de la compra. No basta la sola referencia a las disposiciones legales.
- Mencionar las situaciones y circunstancias por las cuáles es necesario realizar un trato directo versus una compra por Convenio Marco.
Se recomienda a los compradores que el proveedor seleccionado para el Trato Directo se encuentre hábil en el Registro de Proveedores, que la resolución no incluya sus datos personales (Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada) y que esta se publique en www.mercadopublico.cl 24 horas después de emitirla.
Asimismo, que la formalización del trato directo se realice mediante la firma de un contrato donde se detallen las obligaciones respectivas tanto del comprador como el proveedor.
Más información:
- Revisa el inciso segundo d la letra c), del artículo 8 de la Ley de Compras Públicas 19.886 con las causales de trato directo.
- Revisa el decreto 104, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 16.282, sobre disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes.
Compras por Convenio Marco
Los productos y servicios más utilizados por los organismos públicos ante emergencias están incluidos en el Convenio Marco de Emergencias. Entre estos, se cuentan viviendas y camas de emergencia, kit de alimentación (para 4 personas por 4 días) y kit sanitario. También están disponibles los Convenios de Aseo, Alimentos y Ferretería.
La Dirección ChileCompra se encuentra monitoreando con los proveedores el stock y precios de estos productos y servicios.
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