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Febrero 21, 2025

Observatorio alerta sobre incumplimiento de contenido mínimo en bases de licitación

  • Fue a raíz del Informe N°1445 emitido por el Observatorio ChileCompra ante potenciales irregularidades en licitación por contrato de suministro que la Contraloría Regional del Ñuble instruyó a entidad municipal iniciar un procedimiento de invalidación de unas bases de licitación.
  • La investigación arrojó faltas respecto del cumplimiento de información mínima para las bases de licitación y no contemplar un criterio económico para evaluar las ofertas, entre otros temas.  

En el marco del monitoreo permanente de procesos de compra que efectúa el Observatorio  ChileCompra, fue detectada una potencial irregularidad en la licitación, ID 4519-5-LQ24, “Sistema de Abastecimiento por contrato de suministro y servicios Municipalidad de Trehuaco año 2024-2025”.  Las bases establecían un contrato de suministro hasta el 31 de diciembre del 2025, sin embargo, para efecto del monto, el organismo municipal estableció un presupuesto para el año 2024 de $247.026.000, y no informó sobre el presupuesto para el año 2025.

Por otra parte, las bases no especificaban las características de cada uno de los productos de las 17 líneas de servicios o productos distintos, como alimentos y bebidas, artículos de aseo, artículos de oficina y librería, gasolina, parafina, petróleo y gas licuado, implementos de seguridad laboral, banquetearía, arriendo de vehículo para traslado de personas, afiches publicitarios y diseño gráfico, regalos institucionales, entre otros. Lo anterior, presume una eventual infracción a las normas, particularmente al incumplimiento del contenido mínimo de las bases de licitación.

Por otra parte, las bases de licitación no contemplaron un criterio económico para evaluar las ofertas, impidiendo analizar cuál de éstas resultaban más ventajosa entre todos los beneficios del bien o servicio por adquirir y todos sus costos asociados. Además, en las bases publicadas tampoco se regula un criterio o mecanismo de desempate, a pesar de que éste se contempla como obligatorio en el inciso cuarto del artículo 38 del Reglamento de la Ley N° 19.886.  

Instrucciones desde la Contraloría Regional de Ñuble

La Contraloría Regional de Ñuble, considerando los antecedentes remitidos por el Observatorio  ChileCompra a través del citado informe N°1445, emitió el Oficio Nº E555322 del 21 de octubre de 2024, donde constató que, en las bases de la licitación ID 4519-5-LQ24 en su artículo N°1, se señalaba solo el monto estimado para el año 2024, sin detallar el monto para cada ítem. Asimismo, que no se habían especificado las posibles cantidades de los bienes a contratar, y que, en las bases técnicas pertinentes, no se señalaba ninguna especificación de los productos ni de sus características principales.

Por otra parte, el oficio hace referencia a la suma total a la que asciende el contrato, la cual tiene especial relevancia para efectos de establecer el monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Por los antecedentes recopilados, según lo indicado por la Contraloría, procede que la aludida entidad comunal -Ilustre Municipalidad de Trehuaco- inicie un procedimiento de invalidación del proceso de licitación, conforme con lo previsto en el artículo 53, de la ley N° 19.886.

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