Compra Pública de Innovación – BORRADOR mayo 26 GN
¿Tu organismo está evaluando realizar una Compra Pública de Innovación (Contrato para la Innovación o Diálogo Competitivo de Innovación)?
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El Estado, a través de la Compra Pública Innovación (CPI) no solo actúa como comprador, sino también como motor de la innovación para impulsar a empresas y/o startups a desarrollar soluciones innovadoras que respondan de manera más eficiente a las necesidades del sector público. Esto incluye, por ejemplo, la creación de nuevos productos, servicios o procesos que integren avances tecnológicos, mejores prácticas y criterios de sustentabilidad en áreas como la salud, educación, transporte, entre otras.
A través de la Compra Pública de Innovación se busca transformar al sector público en un motor de cambio y modernización, promoviendo la colaboración con el sector privado para generar soluciones innovadoras que beneficien a la ciudadanía.
Beneficios asociados a la Compra Pública de Innovación

Procedimientos especiales para la contratación a través de Compra Pública de Innovación

La Ley N° 21.634, que modifica la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, tiene dentro de sus ejes el impulsar la innovación mediante la demanda pública de bienes y servicios por parte del Estado. Para ello, propone nuevos procedimientos de compras: “Contratos para la Innovación” y “Diálogos Competitivos” (Art. 7, letras d, números 4 y 5), diseñados para promover soluciones innovadoras frente a los desafíos públicos.

Contratos para la Innovación
Este procedimiento permite a las entidades públicas adquirir soluciones inexistentes o poco desarrolladas en el mercado. Para ello, la entidad define el problema o necesidad en la convocatoria y puede contratar servicios de investigación y desarrollo orientados a crear nuevos productos, servicios o procesos.
El proceso puede concluir con la adjudicación de una solución innovadora o derivar en nuevas licitaciones. En general, la entidad financia los costos de Investigación y Desarrollo – incluido el desarrollo de prototipos—, aunque de forma excepcional y justificada podría decidir no cubrirlos total o parcialmente.

Diálogos Competitivos
Este procedimiento se utiliza para abordar necesidades públicas complejas mediante un proceso de diálogo estructurado entre la entidad y los proveedores. Su objetivo es definir y ajustar las especificaciones técnicas de soluciones disponibles en el mercado para que respondan adecuadamente a la necesidad planteada.
Se desarrolla en etapas sucesivas que permiten reducir el número de alternativas y perfeccionar las condiciones del bien o servicio requerido. Este procedimiento estará exceptuado de la prohibición contemplada en el artículo 35 ter, exclusivamente respecto de la comunicación entre los participantes y las personas que desempeñan funciones en el organismo licitante que participan del proceso de adjudicación.
Comité de Compras Públicas de Innovación y Sustentabilidad:
La modernización de la Ley 19.886 de Compras Públicas establece una gobernanza de la Compra Pública de Innovación mediante la conformación del Comité de Compras Públicas de Innovación y Sustentabilidad, con representantes del sector público y privado, con el fin de tener una visión integral de las necesidades y soluciones a nivel nacional. Este Comité, además de aprobar la Política de Compra Pública de Innovación, tendrá la responsabilidad de asesorar al Estado y a ChileCompra en estas materias, como también evaluar su funcionamiento y resultados.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 19.886, el Comité es presidido por la Subsecretaría de Hacienda y está integrado también por las Subsecretarías de Economía
y Empresas de Menor Tamaño, del Medio Ambiente y de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación o quien les represente. Además, por cuatro miembros, que serán personas calificadas, con conocimientos y/o experiencia de al menos cinco años, en materias de economía, investigación, desarrollo y/o innovación, emprendimiento, sustentabilidad, contratación pública o derecho administrativo. El Director o la Directora de la Dirección ChileCompra actúa como Secretario o Secretaria Técnica del Comité.
El Comité de Compras Públicas de Innovación y Sustentabilidad, se constituyó el 12 de diciembre de 2024.
Integrantes del Comité de Innovación y Sustentabilidad:

Principales Funciones del Comité de Innovación y Sustentabilidad:
1. ASESORAR
El Comité asesorará al Estado y a ChileCompra en Compras Públicas de Innovación que involucre procesos de I+D, y en determinar aquellas necesidades públicas que podrían ser satisfechas a través de bienes o servicios que incorporen innovación o criterios de sustentabilidad (art. 41).
2. EVALUAR
Hacer seguimiento e informar al Congreso de la República sobre el funcionamiento de la Compra Pública de Innovación, sobre la incorporación de sustentabilidad en las adquisiciones del Estado y el funcionamiento de la ley de Economía Circular en años anteriores (art. 41 y 45).
3. APROBAR POLÍTICAS
El Comité deberá aprobar por mayoría absoluta la Política de Compra Pública de Innovación, durante el último trimestre del año que corresponda (art. 44).
4. HACER REGIR NORMAS
El Comité a través del consenso entre sus miembros deberá regir las normas necesarias para su funcionamiento, entre ellas, la periodicidad de las sesiones (art. 43).
NOTICIAS
Revisa las actas publicadas del Comité
FECHA SESIÓN: 25 de febrero de 2026.
FECHA SESIÓN: 4 de diciembre de 2025.
FECHA SESIÓN: 22 de octubre de 2025.
FECHA SESIÓN: 22 de octubre de 2025.
FECHA SESIÓN: 22 de agosto de 2025.
FECHA SESIÓN: 19 de junio de 2025.
FECHA SESIÓN: 31 de marzo de 2025.
FECHA SESIÓN: 17 de enero de 2025.
FECHA SESIÓN: 23 de diciembre de 2024.






